¿Necesitas viajar en cuarentena?
Publicado en agosto 18, 2020 4:02 pm

Son muchas las personas de LaComunidad.Co quienes por alguna razón necesitan realizar un viaje intermunicipal. Para esto el Ministerio de Transporte habilitó un formulario para que ustedes conozcan si está exento; por esta razón hoy queremos compartir contigo la información que aclaró el Ministerio de Transporte en los casos que pueden hacerlo o no.
Esta entidad señaló que usted puede hacer un viaje intermunicipal si está dentro de las 46 excepciones del decreto 1076 de 2020 que permiten la circulación durante el aislamiento preventivo obligatorio, que fue extendido hasta el 1 de septiembre de 2020, mediante ese mismo decreto. Esto en el caso que esté en un municipio de moderada o alta afectación de coronavirus.
Adicionalmente, los alcaldes de estos municipios con moderada o alta afectación deberán solicitar la autorización ante al Ministerio del Interior para activar gradualmente el transporte terrestre, incluyendo, entre otros, el transporte terrestre intermunicipal y especial, a través de la realización de planes pilotos entre los municipios de origen y destino del servicio
Algunas de las excepciones que señala el decreto es si usted debe adquirir bienes de primera necesidad o trabaja en la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de insumos para producir bienes de primera necesidad .
También puede viajar si labora en la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, reparación, mantenimiento, transporte y distribución de las manufacturas de vehículos automotores, remolques y semirremolques, motocicletas, muebles, colchones y somieres.
Por otra parte, el Ministerio de Transporte dispuso un formulario para que los colombianos puedan revisar si hacen parte de las actividades exceptuadas y registrarse en caso de que pueda hacer el viaje.
Con esto, las personas podrán identificar, con mayor certeza, si su desplazamiento está exceptuado según las normas expedidas por el Gobierno para hacerle frente a la emergencia sanitaria.
Los desplazamientos también se pueden hacer en vehículos privados, motos y bicicletas, una muy buena alternativa pues genera un distanciamiento físico natural y ayuda a descongestionar otros modos de transporte. En estos medios también deben usarse las medidas de bioseguridad definidas en los protocolos, como el uso de tapabocas y el lavado frecuente de manos.
Ver el formulario de logística y transporte: Formulario de Registro
¿Cuántas personas pueden viajar en un carro intermunicipalmente?
La Viceministra de Transporte, Carmen Ligia Valderrama, le dijo a este diario que no existe un número determinado de personas, de acuerdo con la Resolución 677 de 2020, en el numeral 3.10, literal b. Añade que “si se traslada más de una persona en el vehículo, se debe utilizar el tapabocas de tiempo completo y mantener una distancia de por lo menos un metro, por ejemplo, el acompañante puede ir en la parte de atrás“.
¿Hay excepciones para quienes llegaron repatriados para ir a otras ciudades?
Sí, la movilización de las personas que llegan repatriadas está considerada el numeral 4 del artículo 3 del Decreto 1076 de 2020, causa de fuerza mayor o caso fortuito.
Estas personas pueden hacer tránsito hacia la ciudad de destino, pero para ello el ciudadano colombiano deberá diligenciar el formulario de registro del Ministerio de Transporte.
“Usted tendrá hasta 24 horas después de su ingreso a Colombia para realizar su desplazamiento hasta el lugar donde pasará los 14 días de aislamiento obligatorio”, señala Migración Colombia, de acuerdo la Resolución 1230 de 2020
¿Pueden viajar los mayores de 70 años y niños?
A partir del 11 de agosto los adultos mayores de 70 años tienen las mismas excepciones que los adultos entre 19 y 69 años. Por tanto le aplican las 46 excepciones. Respecto a los niños solo pueden viajar en caso de fuerza mayor o caso fortuito
¿Cuáles son los documentos que necesito?
Por ejemplo, si un familiar se enferma, usted debe presentar la fotocopia de documento de identidad del enfermo y un documento expedido por el médico. Si fallece un familiar, deberá mostrar el acta de defunción y cédula. Si trabaja en una ciudad y vive en otro municipio del país, debe portar la certificación laboral, cédula y carné
¿Si estoy en un municipio sin afectación o con baja afectación de coronavirus?
La prestación del servicio público de transporte terrestre está autorizada en los municipios sin afectación o aquellos con baja afectación por el coronavirus.
Es importante que antes de tomar una decisión en medio de esta cuarentena, LaComunidad.Co este muy bien informada de los nuevos decretos que emite el Ministerio para poder movilizarnos tranquilamente y no exponer la salud nuestra y la de todos.
Lo más leído
¿Cómo usamos los depósitos de basuras (Shut) en LaComunidad.CO?

- 11 julio 2024
El manejo adecuado de basuras es esencial en las copropiedades.…
Origen de la palabra “Emprendimiento”

- 6 agosto 2024
Emprendimiento: Descubre el Camino del Innovador Si eres un apasionado…
Bicicletas en Conjuntos Residenciales

- 26 septiembre 2018
Para muchos de nosotros, las bicicletas se han convertido en…